Estos cambios normativos contribuyen a la convergencia de la normativa peruana a los estándares internacionales y, con ello, al fortalecimiento de la solvencia de los conglomerados supervisados, señaló la SBS.
Continuando con el proceso de implementación del Decreto Legislativo N° 1531, que modificó la Ley de Bancos (Ley N° 26702) y con el objetivo de adecuar el marco regulatorio de supervisión consolidada al estándar de Basilea III, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), mediante Resolución N° 3004-2023, modificó el Reglamento para la supervisión consolidada de los conglomerados financieros y mixtos (Resolución SBS N° 11823-2010).
De acuerdo con la norma publicada en el Diario Oficial, se establece un trato diferenciado a los grupos bancarios, grupos aseguradores y grupos financieros.
En el caso de los grupos bancarios y grupos financieros con empresa líder perteneciente al sistema financiero, la regulación a nivel consolidado se alinea a las reglas y plazos de adecuación para las empresas del sistema financiero supervisadas individualmente por la SBS, las cuales ya aplican el estándar de Basilea III.
Asimismo, para los grupos aseguradores y grupos financieros con empresa líder perteneciente al sistema de seguros, las modificaciones alinean los componentes del patrimonio efectivo a nivel consolidado y los límites asociados a aquellos aprobados por la SBS para las empresas de seguros supervisadas individualmente.
Estos cambios normativos contribuyen a la convergencia de la normativa peruana a los estándares internacionales y, con ello, al fortalecimiento de la solvencia de los conglomerados supervisados.