La Ley 31480 autoriza a los trabajadores, a disponer libremente del 100% de los depósitos de CTS realizados en las entidades financieras acumulados hasta la fecha de disposición.
La Cámara de Comercio Lima, recordó que el próximo 15 de noviembre es la fecha límite para realizar el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), un beneficio social correspondiente al periodo mayo-octubre de 2023.
“Este beneficio es otorgado por las empresas a sus trabajadores, con la finalidad de constituir un fondo que le permita hacer frente a las futuras contingencias que puedan ocurrir luego de la extinción del vínculo laboral y/o cubrir sus necesidades y las de su familia mientras se reincorpora al mercado laboral”, manifestó el gerente del Centro Legal de la CCL, Álvaro Gálvez.
El cálculo de la CTS varía según el tipo de empresa y el tiempo que el empleado laboro durante el semestre. En el caso de empresas medianas y grandes, si el empleado trabajo durante todo el semestre, su CTS es el 50% de su salario de octubre de 2023 más una sexta parte de la gratificación recibida en julio de 2023. Por ejemplo, si el salario es de S/ 1.500, la CTS sería S/ 750 más S/ 250 (un sexto de la gratificación), lo que da un total de S/ 1.000.
Si el empleado no trabajó durante todo el semestre, la CTS se calcula en función de la remuneración mensual y la gratificación en proporción a los meses trabajados.
Para pequeñas empresas, hay diferentes reglas dependiendo si están inscritas en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) y la fecha de contratación del trabajador.
La microempresa, con ingresos anuales que no superan las 150 UIT, también tiene reglas similares basadas en el registro REMYPE y la fecha de contratación del empleado.
Es importante que el empleador entregue una liquidación a cada empleado en un plazo de 5 días hábiles después del depósito. Esta liquidación debe contener información detallada sobre el depósito, la remuneración, el periodo y el representante de la empresa que firma.
En el caso de empleados con menos de un mes de servicio antes del 30 de octubre de 2023, la CTS que vence el 15 de noviembre de 2023 no se depositará, pero los días trabajados se sumarán al semestre noviembre 2023 – abril 2024 y la CTS acumulada se depositará antes del 15 de mayo de 2024.
La CTS puede ser embargada en caso de deudas por alimentos, pero no más del 50%. La empresa debe informar al juez sobre el depósito y el embargo debe solicitarse al banco depositario.
Además, mediante la Ley 31480 (25/05/2022), se autorizó a los trabajadores, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2023, a disponer libremente del 100 % de los depósitos de CTS realizados en las entidades financieras acumulados hasta la fecha de disposición.