A pesar de la importancia del servicio de transporte de valores, en el Perú, por al menos 3 décadas, solo 2 empresas, Hermes y Prosegur, han venido ofreciendo este servicio de forma sostenida, lo cual ha consolidado su posición en el mercado con participaciones cercanas al 50% cada una, afirma el Indecopi.
(*) Artículo publicado en la edición 220 de la revista Microfinanzas https://statuscomunicaciones.pe/microfinanzas/M220.pdf.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) publicó el “Informe de Lanzamiento del Estudio de Mercado sobre el Servicio de Transporte de Valores en Perú” con el objetivo de analizar las condiciones de competencia en el mercado de transporte de valores en el Perú y proponer recomendaciones para mejorar la competencia en este rubro económico.
Con la publicación del informe, la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia (DLC) del Indecopi anunció el inicio de un estudio de mercado a través del cual la entidad identificó un conjunto de potenciales riesgos que podrían tener incidencia en la dinámica competitiva del mercado de transporte de valores.
En ese sentido, afirmó que el estudio permitirá aumentar el conocimiento sobre el funcionamiento de este mercado y conocer los factores que puedan afectar la concurrencia y competencia en el mismo, para formular recomendaciones a las entidades pertinentes, con el objeto de promover una mayor competencia para el bienestar de los consumidores.
Efectivo
El informe señala que en el Perú existe una fuerte preferencia por el uso de efectivo como medio de pago. En la actualidad, el 90% de las compras de alimentos, combustibles, vestimenta, entre otros productos del hogar, son realizados con efectivo.
Este uso aún predominante del efectivo en los pagos en Perú por parte de las personas y pequeñas empresas explicaría la necesidad de los comercios y entidades financieras de requerir efectivo con motivos transaccionales.
Así, las grandes empresas que manejan grandes volúmenes de efectivo, producto de la escala de sus operaciones, requieren del servicio de traslado de efectivo, denominado transporte de valores, para movilizar de forma segura el dinero de sus operaciones hacia alguna entidad financiera.
A nivel de pequeñas y medianas empresas (Pymes), donde también se maneja niveles de efectivo, pero a una escala mucho menor, el servicio de transporte de valores también sería necesario, pero a la fecha son pocas las empresas que hacen uso de este servicio.
Dos empresas
En el país operan actualmente 2 empresas de transporte de valores (ETV), Hermes y Prosegur, ambas con más de 35 años dedicadas a la prestación de los servicios de transporte, custodia y administración de numerario.
Estas empresas prestan sus servicios principalmente a empresas del sector financiero, tiendas por departamento, supermercados y otros grandes comercios; y, desde hace unos años, han introducido servicios especializados, como Smart Security (Hermes) y Econocash (Prosegur), para atender a la micro, pequeña y mediana empresa (Mipyme).
Sin embargo, el nivel de penetración de los servicios de transporte de valores en el segmento de las Mipymes es aún reducido, por lo que se deduce que estos comercios realizarían su propio trasladado de efectivo para depositarlo en las entidades financieras donde tengan sus cuentas bancarias, exponiéndose en el trayecto a un asalto o robo.
Las ETV actúan como facilitador para el desarrollo de las operaciones financieras, permitiendo el flujo de efectivo entre bancos, comercios y clientes.
Esta particularidad explica por qué son altamente reguladas por parte de los ministerios del Interior (Mininter) y de Transportes y Comunicaciones (MTC), el Banco Central de Reserva (BCR) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), a lo que puede sumarse procedimientos internos que manejen las entidades financieras.
Costos
El transporte de valores puede influir sobre los costos y desempeño del sistema financiero y el de otras actividades económicas, pudiendo así tener efectos indirectos sobre los servicios finales a los consumidores.
El transporte de valores contribuye con la eficiencia de los bancos y comercios, al reducir los costos atribuibles al manejo de efectivo. Asimismo, puede contribuir con la resiliencia del sector financiero, al permitir una mayor cooperación entre los agentes que participan del ciclo del efectivo, como los bancos, comercios y el BCR, señala el informe.
Alta concentración
A pesar de la importancia del servicio de transporte de valores, en el caso peruano, por al menos 3 décadas, solo 2 empresas han venido ofreciendo este servicio de forma sostenida, lo cual ha consolidado su posición en el mercado con participaciones cercanas al 50% cada una.
Esta situación evidencia una alta concentración y ha ido acompañada de importantes retornos económicos en el tiempo, superiores al promedio de grandes empresas del sector servicios, sin que haya podido ingresar y consolidarse alguna nueva empresa (nacional o extranjera) en el mercado.
La reducida competencia probablemente está explicada por las fuertes inversiones en logística, seguridad y tecnología, en especial, si las empresas de transporte de valores buscan atender a entidades financieras, indica el informe.
En marzo del 2022 se publicó el Decreto Legislativo N° 153119 para reducir el capital mínimo de las ETV y con ello favorecer el ingreso de nuevas empresas y promover una mayor competencia en el mercado; no obstante, ninguna nueva empresa ha solicitado autorización para ingresar al mercado.
Más aún, durante la pasada década, 2 empresas ingresaron al mercado, Smart Security, empresa especializada en la atención a pequeñas empresas, y G4S.
Ambas empresas fueron absorbidas por Hermes en el 2016 y Prosegur en el 2017, respectivamente, previo al inicio de vigencia de la Ley N° 31112, Ley que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial, consolidando así la posición de estas en el mercado.
Así, la falta de mayor oferta ha generado que las empresas y comercios del sector privado y las entidades de la administración pública tengan relación de dependencia con estas 2 empresas para cubrir sus necesidades de transporte de valores, agrega el informe.
Al existir pocas ETV en el mercado, el poder de negociación de los demandantes es reducido. Según los entrevistados por la DLC, solo ciertos clientes podrían negociar descuentos sobre las tarifas base de los servicios de las empresas de transporte de valores. Por el contrario, estas tarifas han tendido al alza, con ajustes de frecuencia anual.
Plan estratégico
En esa línea, dentro del Plan Estratégico Multisectorial de la Política Nacional de Inclusión Financiera (PEM-PNIF), se menciona la necesidad de generar una mayor competencia en este mercado, indicándose que “estas empresas tienen altos costos dirigidos a las empresas financieras que atienden y al Estado, ya que son las que se encargan del traslado de efectivo para la realización de operaciones financieras, y el traslado de efectivo para los operativos de pago de los programas de transferencias monetarias de los programas sociales”.
Para abordar este problema, se precisaron medidas como impulsar la reducción del capital mínimo para la constitución de una Empresa de Transporte, Custodia y Administración de Numerario (ETCAN) y crear un marco normativo para la licitación de los servicios de transporte de valores demandados por los programas sociales.
Pequeños comercios
En el caso de los servicios requeridos por los pequeños comercios, el efectivo transportado, en comparación con un supermercado o una empresa del sistema financiero (ESF), resulta ser mucho menor. En estos casos, el transporte de efectivo puede realizarse con otro tipo de unidades vehiculares, complementado con el uso de otros equipos, como cajas inteligentes, haciendo el recojo del efectivo más discreto.
Se puede clasificar a los demandantes del servicio en 2 segmentos: un segmento de alta cuantía, asociado a clientes que manejan un flujo de efectivo de grandes volúmenes y cuyas necesidades de envío y recojo de valores son de alta frecuencia en una semana, como las ESF, los supermercados, las tiendas por departamentos, entre otros grandes comercios; y, un segmento de baja cuantía, asociado a pequeños comercios no financieros, cuyo flujo de efectivo es de dimensión menor y donde las necesidades de envío y recojo de valores se efectúan con menor recurrencia en una semana.
Las diferencias de las necesidades de los clientes del segmento de alta y baja cuantía han dado lugar a que las ETV con el tiempo empiecen a separar sus unidades de negocios para especializar la atención a cada segmento.
Así, Hermes Transportes Blindados S.A., bajo el nombre comercial “Hermes”, y CIA de Seguridad Prosegur S.A, bajo el nombre comercial “Prosegur”, prestan servicios a las empresas del segmento de alta cuantía. Por su parte, las unidades de negocio “Smart Security” de Hermes y “Econocash” de Prosegur prestan servicios a las empresas del segmento de bajo cuantía.
La DLC subraya que, de acuerdo con el registro de la SBS, solo Hermes y Prosegur están autorizadas para prestar el servicio de traslado de valores a las ESF, y según el registro de autorización de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec), Smart Security S.A.C. (propiedad de Hermes) y Security S.A.C están habilitadas para prestar el servicio de traslado a otras empresas. Esta última empresa aún no reportaría operaciones comerciales en el servicio de traslado de valores.
Ventas por servicios de transporte de valores superaron los S/650 millones en el 2022
El valor de las ventas por los servicios de transporte de valores superó los S/650 millones anuales en el 2022, representando, aproximadamente, el 0,13% del Producto Bruto Interno (PBI) del sector servicios.
En particular, se observa que las ventas brutas del servicio de transporte de valores crecieron anualmente entre el 2017 y 2019, contrayéndose en el 2020, producto de la menor actividad económica observada durante la pandemia por la COVID-19, y recuperándose fuertemente en el 2021.
El Indecopi señala que, en términos de ventas brutas, el segmento de alta cuantía explicaría el 98% de los servicios de transporte de valores y, el restante 2%, el segmento de baja cuantía.
Además, los principales clientes de las empresas de transporte de valores (ETV) corresponden a empresas del sector financiero, sector retail y servicios y sector público. No obstante, la demanda de servicios a nivel de la mediana y pequeña empresa es aún menor, como lo refleja la contribución de las ventas del segmento de baja cuantía.
Por su parte, la tarifa base del conjunto de los servicios de transportes de valores se ajusta anualmente sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), la remuneración mínima vital (RMV) y otros factores de mercado. En el período 2018–2022, la tarifa base de las ETV se incrementó a una tasa promedio de 3,5% por año.
Indecopi identifica 3 potenciales riesgos a la competencia en los servicios de transporte de valores
El Indecopi describe 3 potenciales riesgos a la competencia identificados en las entrevistas sostenidas con las empresas prestadoras de los servicios de transporte de valores, soluciones de gestión de efectivo, y transporte de mercaderías valiosas, así como con las empresas de servicios financieros (ESF), clientes no financieros, y reguladores del mercado.
Estos riesgos se asocian a aspectos normativos y de mercado, que limitarían la dinámica del proceso de competencia, desalentando o retrasando la entrada a nuevos competidores, e inclusive, restringiendo el crecimiento de competidores.
1. Requerimientos de capital para el funcionamiento de las empresas de transporte de valores (ETV) que presten servicios a entidades financieras supervisadas
El 19 de marzo del 2022 se publicó el Decreto Legislativo N° 1531 que propone la modificación del capital social mínimo requerido para el funcionamiento de una ETV que preste servicios a ESF supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Antes de esta modificación, esto es en el cuarto trimestre del 2021, el capital social mínimo que debían mantener las ETV era de S/20’896.738 (US$5,2 millones), siendo el segundo mayor nivel de capital social requerido entre empresas supervisadas por la SBS.
El mayor nivel fue requerido para las empresas bancarias y bancos de inversión con S/31,2 millones (US$7,8 millones), para dicho período. La pertinencia de reducir el nivel de capital social mínimo a las ETV se debía a que este era entre 6 y 500 veces más alto que el exigido en otros países de la región.
En efecto, si la regulación aumenta los costos administrativos de entrada al mercado, puede desalentar el ingreso de otros participantes, principalmente de pequeñas empresas, ya que estas enfrentan mayores dificultades para superar estos requisitos.
Por ello, es importante analizar si dentro del servicio de transporte de valores, los requerimientos de capital pueden desalentar el ingreso a nuevos participantes, o incluso limitar las posibilidades de crecimiento futuro de pequeños actores.
Seguros
Las ETV en Perú deben contar con pólizas de seguro que cubran todo el efectivo transportado, como protección financiera en caso de que ocurra alguna pérdida durante el transporte, ayudando a mitigar el impacto económico de los riesgos operativos y de seguridad, y proteger el dinero de los consumidores.
Si bien se redujo en un 30% el capital social mínimo del cuarto trimestre del 2021, fijándolo en S/14’627.717 (US$3,9 millones), este requisito aún era de 4 y 380 veces mayor que los establecidos en otros países de la región.
Al primer trimestre del 2024, producto de la actualización trimestral, el capital social mínimo asciende a S/15’748.827 (US$4,2 millones), el cual es más de 6 veces el requerido a las ETV en Colombia; mientras que, en Chile, no se establece un requerimiento mínimo en términos de capital social. En Colombia y Chile operan 9 y 5 ETV, respectivamente.
A pesar de la modificación del 2022, ninguna nueva empresa ha solicitado su autorización para prestar servicios a ESF supervisadas por la SBS.
Funcionarios de la SBS, entrevistados por la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia (DLC) del Indecopi, precisaron que la reducción del capital social del 2022 pudo haber sido mayor; sin embargo, la ley de delegación de facultades aprobadas por el Congreso de la República (Ley N° 31380) fijó el límite máximo para modificar el nivel del requerimiento del capital social hasta en un 30%.
De esta manera, resulta pertinente analizar si los requerimientos de capital pueden desalentar el ingreso de nuevos competidores. Para ello, es relevante entender la importancia de este requerimiento, considerando las características propias del sector y del mercado peruano, así como los riesgos financieros que estas empresas enfrentan, y los requisitos adicionales exigidos que posiblemente mitiguen dichos riesgos.
Además, es relevante analizar este requerimiento a la luz del capital social mínimo exigido a otras empresas supervisadas por la SBS, y las diferencias con el nivel exigido a las ETV en otras jurisdicciones de la región.
2. Exigencias regulatorias que limitarían el desarrollo del transporte de valores de baja cuantía enfocado en pequeñas y medianas empresas (Pymes)
En Perú, de acuerdo con cifras del Ministerio de la Producción (Produce), al 2021, el número de micro, pequeña y medianas empresas (Mipymes) formales asciende a 2,2 millones, de las cuales el 85,2% operan en los sectores de comercio y servicios (1,8 millones), existiendo un alto número de potenciales demandantes del servicio de transporte de valores en este segmento.
Por ejemplo, las empresas Mipyme vinculadas a las actividades de comercio y servicios, que también manejan un flujo de efectivo constante en el marco de sus operaciones, aunque de mucha menor cuantía, podrían requerir este servicio para asegurar el traslado de su dinero hacia una entidad financiera y evitar su exposición a un asalto o robo de realizar ellos el traslado de forma propia.
La oferta de transporte de valores para montos de baja cuantía es brindada por las 2 ETV que operan en el segmento de alta cuantía, pero a través de sus unidades especializadas como Smart Security de Hermes y Econocash de Prosegur.
Aunque el número de usuarios viene aumentando anualmente, el número de empresas Mipymes que es atendido por Smart Security y Econocash es aún reducido, menor al 0,1% de las empresas Mipymes.
Así, podría existir demanda potencial que podría incentivar la entrada de otras empresas al segmento de transporte de valores de baja cuantía. Ya en el pasado, se dio el ingreso de Smart Security, en el 2011, introduciendo tecnología avanzada para realizar el transporte inteligente de valores en el sector MYPE, sin embargo, fue adquirida posteriormente por Hermes en el 2016.
Muy rígidos
Empresas entrevistadas de soluciones de gestión de efectivo indicaron que la regulación de acceso al servicio especializado de transporte de valores, para atender a empresas no financieras, fija requisitos muy rígidos, que pueden hacer económicamente inviable un ingreso al mercado para prestar servicios a pequeñas empresas.
Así, se identificaron 2 aspectos de la regulación de los servicios de seguridad privada que requerirían analizarse: el monto máximo de dinero que puede ser trasladado sin usar unidades de transporte blindado; y, los requisitos del procedimiento de seguridad para el transporte de valores.
En el primer caso, en el 2011, el reglamento de la Ley N° 2887971 establecía que las ETV podían trasladar montos dinerarios inferiores a las 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) usando vehículos no blindados. Sin embargo, en el 2022, a través de la Ley N° 31615, se modifica el uso de vehículos no blindados precisando que se realizará para montos dinerarios inferiores a las 5 UIT.
Así, se limita el uso de los vehículos no blindados para el transporte de valores, es decir, se requería realizar más viajes para el traslado de efectivo, haciendo menos eficiente la logística del transporte de dinero de entre 5 y 10 UIT, tanto para las ETV como para los clientes, junto a los mayores costos de dicha operación.
En el segundo caso, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1213 establece un conjunto de requisitos que deben cumplir las ETV respecto a sus locales, el número de guardias, el tipo de vehículo, el nivel de blindaje, entre otros, para prestar el servicio de transporte de valores independientemente del monto trasladado o la escala de operación de la empresa.
Sin embargo, en algunos casos, parte de estos requisitos de seguridad podrían resultar rígidos para un nuevo entrante que desee atender a las Mipymes, en la medida que implica realizar fuertes inversiones que no estarían relacionadas con la escala de operación. Adicionalmente, existen otras medidas de seguridad que se emplean en el mercado que permitirían un traslado seguro y de forma discreta.
De esta manera, se requiere analizar si los requerimientos de seguridad para desarrollar el servicio especializado de transporte de valores, en el segmento de baja cuantía, pueden ser un elemento que disuada o retrase innecesariamente la entrada de nuevas empresas.
Es importante analizar, desde el ámbito de la competencia, si las medidas de seguridad adoptadas pueden, en efecto, estar limitando el acceso al mercado, pero sin dejar de lado los objetivos de la regulación en materia de seguridad y el contexto peruano que ha sustentado los actuales requerimientos.
3. Sobre las limitaciones a la competencia en la prestación de servicios para la gestión del efectivo
Además del transporte, las ETV suelen ofrecer una gama de servicios adicionales al traslado de efectivo que incluyen: alquiler o venta de bóvedas y cajas fuertes, servicios de recarga y mantenimiento de cajeros automáticos, servicios de pronóstico de la demanda de efectivo, alquiler o venta de equipos contadores, de depósito y/o reciclaje de monedas y billetes, entre otros, donde ha destacado la introducción, desde hace unos años, de los servicios de gestión del efectivo que van integrados con los servicios de transporte de valores.
En particular, Hermes, a través de Hermeticase y Prosegur, a través de Cash Today, rentan equipos como máquinas de depósito y recicladoras de efectivo que permiten recibir, validar, contabilizar y reciclar monedas y billetes en las agencias o sucursales de sus clientes.
Hay otras empresas en el mercado peruano que, sin ser ETV, se especializan en ofrecer equipos para gestionar el efectivo mediante el alquiler y venta de máquinas de depósito y recicladoras para empresas y comercios, incluso proveedores de estos equipos para las ETV.
Una particularidad para el caso de las ETV es que estos equipos son ofrecidos o se contratan de forma conjunta con el servicio de transporte de valores.
Si los comercios deciden adquirir o rentar los equipos de gestión de efectivo de empresas distintas, las ETV no mostrarían disponibilidad para proveer los servicios de transporte de valores, por razones asociadas a la integración tecnológica de sus servicios de transporte y gestión, que les permite monitorear el equipo y efectuar reparaciones técnicas, de ser el caso, así como conocer en tiempo real la cantidad de efectivo almacenado y efectuar el recojo del mismo, cuando sea el caso.
Terceros
Esta integración tecnológica, de acuerdo con las ETV, no sería posible con equipos de terceros. Las ETV emplearían mecanismos para aumentar la seguridad de los equipos, para minimizar el riesgo ante siniestro o faltante de efectivo.
Estas particularidades serían un aspecto diferencial en la oferta de las ETV con respecto a las empresas enfocadas solo en la gestión de efectivo, ya que, al integrar sus 2 líneas de negocio, las ETV pueden ofrecer a los comercios un conjunto integral de servicios que sea eficiente y reduzca los costos de transacción de trabajar con diferentes proveedores.
Sin embargo, para las empresas especializadas en la gestión del efectivo, el transporte de dinero es relevante para el desarrollo de las empresas a las que les ofrecen sus equipos, por la necesidad de trasladarlo cuando se alcance la capacidad máxima de almacenaje.
En ese sentido, si las ETV deciden no proveer sus servicios de transporte de valores a comercios que usen equipos de depósito y recicladoras de terceros, generarían limitaciones para el desarrollo de las empresas que brindan servicios de gestión del efectivo.
Esta situación sería desafiante por la limitada oferta autorizada del servicio de transporte de efectivo.
Así, las empresas especializadas en la gestión del efectivo pueden terminar enfrentando importantes limitaciones para el acceso o expansión en este mercado.
Por ello, se requiere evaluar las posibles limitaciones a la competencia en este segmento de mercado. En particular, si la integración comercial de los servicios de las ETV puede estar generando dificultades a potenciales competidores dentro de los servicios de gestión del efectivo.
Este análisis se debe efectuar considerando los riesgos que asume cada una de las partes (cliente, empresa que aprovisiona el equipo, ETV) en el flujo de actividades durante la gestión del efectivo mediante dichos equipos.
Asimismo, se debe analizar otras experiencias internacionales para entender la logística del transporte de efectivo de estos equipos de gestión del efectivo, como identificar cómo funciona este servicio en otras jurisdicciones y qué diferencias pudieran existir con la experiencia peruana.
Finalmente, se debe analizar las implicancias de la ausencia de una oferta autorizada de ETV, por ejemplo, para baja cuantía, sobre la competencia en los servicios para la gestión del efectivo, donde la demanda por parte de medianos y pequeños comercios podría ser importante.
Potenciales resultados del estudio de mercado
La Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia (DLC) del Indecopi espera publicar los resultados del Estudio de Mercado en un informe público que puede finalizar en los siguientes resultados:
• Oportunidades para que la DLC haga recomendaciones a las autoridades gubernamentales y la industria, según corresponda, para implementar soluciones que permitan promover la competencia en el mercado analizado;
• Aumentar el conocimiento de la dinámica competitiva de la industria, para identificar qué aspectos del mercado debe la DLC monitorear a posteriori; y,
• Generar una mayor transparencia sobre las características, dinámicas de competencia y prácticas comerciales en el mercado de transporte de valores.
Sectores público y privado podrán opinar sobre el estudio de mercado hasta el 30 de abril
Para la elaboración del estudio, el Indecopi espera la formulación de comentarios y retroalimentación de los diferentes actores públicos y privados vinculados al mercado, a fin de tomarlos en cuenta y analizarlos para la presentación del informe final, el cual se espera culminar el próximo año.
Para ello, se invita a todos los agentes interesados como, por ejemplo, empresas del mercado y conexos, usuarios de este servicio, entidades públicas, centros de investigación, académicos y profesionales independientes, asociaciones de consumidores, así como gremios empresariales, a participar de este estudio, a través del envío de comentarios a la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia (DLC) del Indecopi.
Estas expresiones de interés y comentarios de los interesados en respuesta al ‘Informe de lanzamiento’ se recibirán hasta el 30 de abril del presente y pueden ser remitidos al correo: st-clc@indecopi.gob.pe o llamando al (51-1) 224 7800 anexo 3101.
Asimismo, las personas, empresas e instituciones interesadas en aportar información o ser entrevistados por la DLC también pueden contactarse al email y teléfono anterior.Finalmente, puede revisar la ‘Guía de Estudios de Mercado’ en el enlace https://bit.ly/28Oq4Ze.
El Indecopi afirmó que resulta de especial importancia para la institución profundizar en el conocimiento del mercado de transporte de valores en Perú, sus particularidades, principales demandantes, servicios conexos, marco normativo, entre otros aspectos relevantes.
De ahí la necesidad de iniciar un Estudio de Mercado para conocer mejor el funcionamiento de este servicio y analizar ciertos aspectos normativos y de mercado que pudieran incidir sobre la competencia.