
Más de 200 mil personas naturales sin negocio se beneficiarán incluso si sus multas se encuentran en cobranza coactiva.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) dispuso, mediante la Resolución de Superintendencia N° 355-2025, la rebaja de hasta el 100% de las multas por no presentar declaraciones. El beneficio está dirigido a personas naturales sin negocio que omitieron presentar sus declaraciones mensuales o anuales, o cuyas declaraciones fueron consideradas “no presentadas” por consignar de forma errónea el número de RUC o el período tributario.
- La rebaja de multas se aplica incluso si estas se encuentran en etapa de cobranza coactiva, lo que facilita la regularización de las declaraciones y/o pagos mensuales[1]y anuales del Impuesto a la Renta.


Para el contribuyente que omitió presentar su declaración, los nuevos porcentajes de rebaja son los siguientes:
- Si presenta la declaración antes de que surta efecto la notificación de la multa, accederá a una rebaja del 100%.
- Si presenta la declaración desde la fecha en que surte efecto la notificación de la multa hasta los 7 días hábiles posteriores a la notificación de la Resolución de Ejecución Coactiva (REC), la rebaja será del 99% con pago de la multa y de 98% sin pago.
- Si presenta la declaración desde el octavo día hábil hasta los 120 días hábiles posteriores a la notificación de la REC, la rebaja será del 97% con pago de la multa y de 96% sin pago.
- Los contribuyentes que, antes de la vigencia de la nueva norma, omitieron presentar sus declaraciones mensuales o anuales, o cuyas declaraciones fueron consideradas “no presentadas” también podrán acceder a las rebajas, siempre que no hayan gozado previamente de un beneficio similar.