El plan, que rige hasta el 29 de noviembre, se ampliará hasta el 31 de diciembre del 2025 de aprobarse el proyecto de ley del Ejecutivo, pero no altera las modificaciones presupuestarias ni las transferencias financieras ya establecidas.
El Poder Ejecutivo envió al Congreso de la República el proyecto de ley denominado Plan Nacional de Infraestructura Sostenible para la Competitividad (PNISC) que establece medidas extraordinarias para la promoción e implementación de la cartera de 52 proyectos priorizados en el Decreto de Urgencia N° 018-2019 por lo cual amplía su período de vigencia del 2022 al 2025.
Hace tres años, el Decreto de Urgencia N° 018-2019 o Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC) estableció para la cartera de proyectos un monto total de S/116.979 millones, repartidos a los sectores de transportes y comunicaciones, agricultura, saneamiento y energía.
Pero para la sostenibilidad del Plan 2022-2025, el proyecto de ley determina que la financiación con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas no demandará recurso alguno o adicionales al Tesoro Público.
De la cartera de 52 proyectos priorizados, hay 10 que destacan sobre los demás, entre ellos figuran la ampliación de los aeropuertos internacionales Jorge Chávez y Chinchero, la Línea 2 del Metro de Lima, el sistema de tratamiento de las aguas residuales de la Cuenca del Lago Titicaca, la tercera etapa de Chavimochic, Majes Siguas, en su segunda etapa, entre otros proyectos.
También mediante Decreto Supremo N° 011-2019-Vivienda, figuran otras 42 obras de infraestructuras aprobadas para ejecutar, entre estas: puertos, metros, hidrovías, carreteras, vías ferroviarias, aeropuertos, bandas anchas, puentes, líneas de transmisión, masificación del gas natural, centrales hidroeléctricas, sistemas de agua y saneamiento, tratamiento de aguas residuales y residuos sólidos.
Este proyecto aplica a los gobiernos Nacional, regionales como locales, y al igual que el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC) reconoce tácitamente el ejercicio irrestricto de sus competencias.
Este proyecto amplía la aplicación de las medidas establecidas en el Decreto de Urgencia N° 18 del 2019, entre ellas, la licencia de habilitación urbana o de edificación, la compatibilización de los proyectos priorizados en el PNIC, la responsabilidad en la tramitación de procedimientos administrativos, la determinación del valor de tasación por parte de las entidades del Gobierno Nacional.
Además de los artículos referidos a la liberación y registro de interferencias, al ejecución de proyectos complementarios, a la contratación de obras y servicios para la adquisición de áreas y liberación de interferencias en los proyectos priorizados y complementarios, los reportes mensuales de avance de los proyectos priorizados, la imposición de servidumbres, las medidas para garantizar la eficacia y predictibilidad a los procesos en materia ambiental, así como algunas medidas para garantizar la celeridad y predictibilidad en los procesos en materia de intervenciones arqueológicas.