Las multas y penalidades recaídas sobre empresas sancionadas y sus ejecutivos alcanzan las 1,166.57 UIT, equivalente a 5,77 millones de soles
La Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) emitió su primer pronunciamiento sobre prácticas anticompetitivas entre empresas en el mercado laboral, imponiendo sanciones y penalidades por un total de 5.77 millones de soles a seis empresas del sector de la construcción y cuatro de sus ejecutivos.
Las empresas involucradas en el cártel de reparto de trabajadores son JJC Contratistas Generales S.A. (JJC), Mota-Engil Perú S.A. (Mota-Engil), Ingenieros Civiles y Contratistas Generales S.A. (Iccgsa), Cumbra Perú S.A. (anteriormente GyM S.A.), Unna Transporte S.A.C. (antes Concar S.A) y Cosapi S.A. (Cosapi), junto con cuatro gerentes de recursos humanos de estas empresas.
Indecopi indicó que la práctica consistía en un pacto de no agresión, en el cual las empresas acordaron no contactar ni contratar al personal que tenía algún vínculo laboral con ese grupo de empresas, incluso extendiéndolo a los extrabajadores.
Este pacto fue llevado a cabo por el personal encargado del reclutamiento y selección de las áreas de recursos humanos, entre los años 2011 y 2017. Para implementar el acuerdo de no contratación, las empresas consultaban la disponibilidad de los trabajadores, solicitaban el bloqueo para su contratación a otras empresas participantes del acuerdo y presentaban reclamos en caso de contrataciones que fueran contrarias al acuerdo.
La Comisión determinó que este pacto de no agresión afectaba la movilidad laboral del personal calificado empleado o profesional de las empresas investigadas, limitando sus opciones para cambiar de empleador de manera libre y acceder a mejores condiciones salariales. Incluso se verificaron situaciones en las que la contratación de un profesional dependía exclusivamente de la decisión del empleador o exempleador.
El personal afectado pertenecía a las áreas de obras de construcción y personal administrativo de las sedes centrales y oficinas de las empresas investigadas.
Cinco empresas y tres ejecutivos optaron por acogerse al mecanismo de «compromiso de cese», reconocido en el artículo 25 del Texto Único Ordenado de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas. Este mecanismo permite la terminación anticipada del procedimiento a cambio de que los infractores reconozcan las imputaciones en su contra y asuman determinadas medidas que deben ser aprobadas por la Comisión.
Las empresas acordaron el pago de penalidades que en total suman 4.40 millones de soles. Además, se comprometieron a implementar o mantener un programa de cumplimiento de las normas de libre competencia, el cual incluye capacitaciones para sus funcionarios y la designación de una persona encargada de cumplir las funciones de oficial de cumplimiento.
Por su parte, mediante la Resolución 052-2023/CLC-INDECOPI, Cosapi y su gerente de recursos humanos fueron multados con un total de 277.6 UIT, equivalente a 1.37 millones de soles. Cabe destacar que, incluso antes del inicio del procedimiento sancionador, Cosapi colaboró activamente con la investigación llevada a cabo por el Indecopi.