La ATU es la entidad encargada de fiscalizar y sancionar las infracciones a la norma en Lima y Callao; y, las municipalidades provinciales, en regiones.
Las empresas de transporte terrestre urbano e interurbano que no respeten el pase libre a personas con discapacidad severa, que cuentan con el carné amarillo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), pueden ser multadas con el 20% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a S/990.
Durante la emisión del programa ‘Enlaces’, producido y transmitido por las redes sociales del Conadis, Ana Valeria Hobispo y Pedro Pinedo, representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y del Conadis, respectivamente, precisaron que, sumado a la multa, se procederá con la inhabilitación del vehículo para prestar el servicio de transporte público por 5 días.
Asimismo, el conductor del vehículo podría ser inhabilitado para brindar el servicio por 30 días; y, como medida preventiva, se retendrá la licencia de conducir.
¿Cómo denunciar?
La persona con discapacidad severa u otra persona que evidenció el incumplimiento de dicha norma pueden denunciar el hecho en la comisaría más cercana, presentando evidencias, como el nombre de la empresa de transporte, número de placa, fotos y/o vídeos que agilicen el procedimiento.
Cabe precisar que, en Lima y Callao, es la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) la entidad que debe cumplir con su función fiscalizadora y sancionadora, mientras que, en regiones, son las municipalidades provinciales las que deben velar por el cumplimiento de esta.
De acuerdo con la Ley Nº 30412, las personas con discapacidad severa pueden hacer uso de este beneficio en servicios tales como: Metro de Lima, Metropolitano, corredores complementarios (para Lima), buses y combis (para Lima y regiones), presentando el carné amarillo que emite el Conadis.
No obstante, precisaron que el pase libre solo aplica para viajes dentro de una misma localidad, a excepción de los viajes de Lima a Callao y viceversa. Es decir, no aplica para viajes interprovinciales.