El Poder Judicial señala que no se advierte que el Reglamento de la Ley de Control de Concentraciones, que delimita los alcances de la facultad de revisión de oficio, «contravenga precepto constitucional y/o legal alguno».
La Corte Superior de Justicia de Lima le dio la razón al Indecopi y ratificó, a través de una sentencia, la legalidad del Reglamento de la Ley de Control de Concentraciones, el cual faculta a la institución a revisar de oficio las fusiones empresariales hasta un año después de que estas se realicen y que estén debajo de los umbrales establecidos en la normativa.
En setiembre del 2021 un grupo de abogados interpuso una demanda de acción popular contra el Reglamento de la Ley de Control de Concentraciones, argumentando que la facultad otorgada al Indecopi de revisar fusiones de manera posterior iba más allá de lo dispuesto en la Ley que establece el Control Previo de Operaciones de Concentración Empresarial (Ley N° 31112), por lo que se atentaría contra el principio de legalidad y afectaría la predictibilidad del mercado y las inversiones.
El fallo
Sin embargo, el fallo del Poder Judicial, emitido el 22 de diciembre del 2022, convalida la legalidad del Reglamento de la Ley de Control de Concentraciones, al indicar que «la potestad del Indecopi para revisar de oficio aquellas operaciones de concentración empresarial que no alcancen los umbrales establecidos en la ley, siempre que existan indicios razonables de que estas puedan generar posición de dominio o afectar la competencia efectiva en el mercado relevante, es una atribución establecida en el numeral 6.4. de la, Ley que establece el Control Previo de Operaciones de Concentración Empresarial».
Por consiguiente, la Corte señala en su pronunciamiento que no se advierte que el Reglamento de la Ley de Control de Concentraciones, que delimita los alcances de la facultad de revisión de oficio, «contravenga precepto constitucional y/o legal alguno».
Por su parte, el presidente ejecutivo del Indecopi, Julián Palacín Gutiérrez, recordó que la institución ya aprobó 19 operaciones de concentración empresarial, de las 24 que han sido presentadas, que en total ascienden a aproximadamente S/18.000 millones.
«Destacamos nuestra posición técnica y la legalidad de esta normativa, y el hecho de que se hayan aprobado 19 solicitudes de fusión empresarial ratifica que el Perú sigue siendo un país altamente atractivo para las inversiones, en el marco de la economía social de mercado», remarcó.
También reafirmó el compromiso del Indecopi de seguir evaluando de manera idónea y eficiente las operaciones de concentración empresarial para el bienestar de todos los consumidores.