Entidades llevaban a cabo actividades de captación de fondos del público y de sus asociados sin contar con la autorización expresa de la SBS.
En resguardo de los intereses de la ciudadanía, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) clausuró los locales en los que operaban la Cooperativa de Servicios Múltiples Opción Sur – Coosermul Opción Sur, la Cooperativa de Servicios Múltiples Reactívate Perú Ltda. y la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Salvador Limitada. Estas entidades realizaban actividades de intermediación financiera informal en las ciudades de Lima y Puno.
De acuerdo con las resoluciones SBS N.° 02188-2023, N.° 02189-2023 y N.° 02190-2023, las mencionadas entidades llevaban a cabo actividades de captación de fondos del público y de sus asociados sin contar con la autorización expresa de la SBS. Además, promovían y realizaban préstamos de dinero sin estar inscritas en el «Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda», lo cual contraviene lo establecido en el artículo 11 de la Ley 26702.
En el caso particular de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Salvador Limitada, dicha entidad no se inscribió en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las centrales (Registro Coopac), como lo exige la Ley N.° 30822. Esta norma otorgó a la SBS las facultades de regulación y supervisión de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (Coopac).
Durante el proceso de clausura, que contó con el apoyo de la Fiscalía de Prevención del Delito y de la Policía Nacional del Perú, los funcionarios de la SBS instaron a los representantes de las entidades clausuradas a informar a sus socios sobre el plazo y el procedimiento para concluir las operaciones pendientes, lo cual incluye la devolución de los depósitos captados. Asimismo, se indicó el lugar y la persona responsable de coordinar dichas acciones.