Los trabajadores dependientes que figuran en planilla, a quienes se le retiene el IR de Quinta Categoría, durante el año 2024 no pagarán el IR, siempre que sus ingresos anuales no superen 7 UIT de S/5.150 esto es, S/36.050 anuales, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
El nuevo valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), dispuesto por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) mediante Decreto Supremo N° 309-2023-EF, que subió de S/4.950 a S/5.150 para el 2024, considera supuestos macroeconómicos, entre ellos, la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año 2023, afirmó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
“Esta variación tendrá, entre otros, efectos tributarios, laborales y administrativos para los contribuyentes, pues el aumento de la UIT tiene aplicación en el índice de referencia para la declaración y pago del Impuesto a la Renta – IR (bases imponibles, deducciones, límites de afectación, etc.), Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto de Alcabala, entre otros”, explicó el gerente del Centro Legal de la CCL, Álvaro Gálvez.
Asimismo, señaló que la UIT también se emplea para determinar el monto de los derechos de trámite en la administración pública, la aplicación de multas tributarias, administrativas y obligaciones contables.
Para el caso del pago del IR sobre los sueldos, el nuevo valor de la UIT permite ampliar el rango de exoneración del IR, tanto para trabajadores en planilla (dependientes) como para independientes, lo que significa un pequeño ahorro para los trabajadores.
Trabajadores dependientes
Precisamente, para trabajadores dependientes que figuran en planilla, a quienes se le retiene el IR de Quinta Categoría, durante el año 2024 no pagarán el IR, siempre que sus ingresos anuales no superen 7 UIT de S/5.150 esto es, S/36.050 anuales(sin considerar la 3 UIT adicionales por gastos admitidos).
Trabajadores independientes
En el caso de trabajadores independientes que emiten recibo por honorarios, no pagarán el IR, en tanto sus ingresos anuales no superen S/45.063, aproximadamente, teniendo en cuenta que esta categoría de renta tiene una deducción de 7 UIT y, además, el 20% de la renta bruta, (sin considerar las 3 UIT adicionales de gastos).
En relación con el Impuesto Predial y el Impuesto de Alcabala, el pago también será menor, dado que el tramo inafecto –10 UIT– sube a S/51.500.
De otro lado las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) se clasifican según sus niveles de ventas anuales:
- Microempresa: ventas anuales hasta el monto máximo de 150 UIT, es decir, S/772.500 a partir del 2024.
- Pequeña empresa: ventas anuales superiores a 150 UIT y hasta el monto máximo de 1.700 UIT, equivalente a un monto de S/8’755.000 a partir del 2024.
- Mediana empresa: ventas anuales superiores a 1.700 UIT y hasta el monto máximo de 2.300 UIT, S/11’845.000 a partir del 2024.
La CCL señaló que, en los últimos años, la UIT ha registrado las siguientes variaciones: S/3.650 en el 2012, S/3.700 en el 2013, S/3.800 en el 2014, S/3.850 en el 2015, S/3.950 en el 2016, S/4.050 en el 2017, S/4.150 en el 2018, S/4.200 en el 2019, S/4.300 en el 2020, S/4.400 en el 2021, S/4.600 en el 2022 y S/4.950 en el 2023.
A continuación, se presenta el cuadro donde se constata la incidencia de la variación de la UIT en el pago de impuestos, la obligación de llevar libros contables y el embargo de sueldos de trabajadores demandados judicialmente por deudas alimenticias.
INCIDENCIA DE LA VARIACIÓN DE LA UIT PARA EL 2024
ASPECTO TRIBUTARIO
Inventarios y Contabilidad de Costos |
Volumen de ingresos anuales del ejercicio 2023 | Registros obligados a llevar: |
Ingresos brutos anuales mayores a 1.500 UIT (S/ 7’725.000 a más) | Contabilidad de Costos (registro de costos, registro de inventario permanente en unidades físicas y de inventario permanente valorizado.) |
Ingresos brutos anuales de 500 UIT (S/2’575.000) a 1.500 UIT (S/7`725.000) | Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas. |
Ingresos brutos anuales menores a 500 UIT (S/2’575.000) | Registro Físico de Existencias |
Gastos de representación | |
Propios del giro del negocio | Hasta 40 UIT (S/206.000) |
Boletas de Venta o Tickets – RUS | |
Costo o Gasto (6 %) | Hasta 200 UIT (S/1’030.000) |
Cuarta Categoría | |
Deducción 20 % | Hasta 24 UIT (S/123.600) |
Deducción Fija (*) | De 7 UIT (S/34.650) |
Quinta Categoría | |
Deducción (*) | 7 UIT (S/36.050) |
(*) Hasta el límite de las rentas netas de Cuarta y Quinta Categoría.
Nota. – La deducción adicional al perceptor de renta de Cuarta y/o Quinta Categoría no mayor a 3 UIT (S/15.450), se deducirá al regularizar el IR del ejercicio 2024, según Decreto Legislativo 1258 de 08.12.16.
ESCALA IMPUESTO A LA RENTA 2024 – PERSONAS NATURALES (4ta y 5ta) | |||
Renta neta cuarta – quinta | Tasa | Impuesto parcial | Impuesto acumulado |
Hasta 5 UIT: (S/25.750). | 8 % | S/2.060 | S/2.060 |
Más de 5 hasta 20 UIT (Más de S/25.750 hasta S/103.000). | 14% | S/10.915 | S/12.875 |
Más de 20 hasta 35 UIT (Más de S/103.000 hasta S/180.250). | 17% | S/13.133 | S/26.008 |
Más de 35 hasta 45 UIT: (Más de S/180.250 hasta S/231.750). | 20% | S/10.300 | S/36.308 |
Más de 45 UIT: (Más de S/231.750) | 30% | —– | —– |
ESCALA IMPUESTO PREDIAL 2024 | |||
Tramo autoavalúo | Tasa | Impuesto parcial | Impuesto acumulado |
Hasta 15 UIT: S/77.250 | 0,20% | S/155 | S/155 |
Más de 15 hasta 60 UIT (Más S/77.250 hasta S/309.000) | 0,60% | S/1.391 | S/1.546 |
Más de 60 UIT: (Más de S/309.000) | 1% | —– | —– |
UNIDAD DE REFERENCIA PROCESAL (URP) 2024 | |||
URP = 10% UIT = S/515 ———————————————————————————————————— MYPE TRIBUTARIO: Aplica para empresas con ingresos no mayores a S/8’755.000 (1.700 UIT). Tasa del 10% por los primeros S/77.250 (15 UIT); y 29,5% por encima de este monto. | |||
ASPECTO LABORAL
Remuneración Integral Anual (RIA): Puede pactarse, siempre que la remuneración mensual del trabajador sea igual o mayor a S/10.300 (2 UIT).
Calificación de Mypes: En función de sus ingresos anuales:
- Microempresas: hasta S/772.500 (150 UIT)
- Pequeñas empresas: Hasta S/8’755.000 (1.700 UIT)
Remuneraciones inembargables: 5 URP equivalente S/2.575.