𝗖𝗢𝗠𝗨𝗡𝗜𝗖𝗔𝗗𝗢
Con relación al Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) precisa a la ciudadanía lo siguiente:
1. Solo podrán circular por la vía pública los trabajadores y trabajadoras que cumplan labores vinculadas a la prestación de servicios y acceso a bienes esenciales, de acuerdo con lo establecido en el decreto supremo.
2. Los empleadores deben asumir con responsabilidad el Estado de Emergencia Nacional y, en ese sentido, no deben exponer la salud y la seguridad de sus trabajadores y trabajadoras obligándolos a ir a laborar cuando no corresponde.
3. El MTPE ha iniciado coordinaciones con los ministerios del Interior y de Defensa para que, por medio de la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas, se realicen operativos de intervención en aquellas empresas que no están autorizadas a funcionar conforme al decreto supremo.
4. Los trabajadores y trabajadoras pueden realizar sus denuncias laborales de manera virtual en la página web de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (www.sunafil.gob.pe), en el botón “Denuncia Virtual’.
Lima, 17 de marzo de 2020
Oficina de Comunicación e Imagen Institucional