Las Cajas Municipales deberán presentar a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) un informe de riesgos por nuevos productos cuando sus tarjetas de crédito ya estén lanzadas y no antes, con lo cual, no necesitarán una autorización per se, declaró a Microfinanzas Jorge Mogrovejo, quien insiste en los riesgos que tendrán que asumir las CMAC y sus gerentes.
¿Cuál es la posición de la SBS tras la insistencia del Congreso de la República en la Ley de Fortalecimiento de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMAC) que les permite emitir tarjetas de crédito y de débito sin previa autorización de la SBS pese a la oposición de esta?
Simplemente, ahora es una ley que rige y de la que se tiene que aplicar la reglamentación que existe. No hace falta aprobar ninguna reglamentación para esta ley porque ya existe el marco regulatorio para cuando se lanzan nuevos productos.
Microfinanzas consultó a varias Cajas Municipales sobre la decisión del Congreso y la opinión de estas es que la norma es beneficiosa porque les permitirá lanzar más de una tarjeta, cosa que con la regulación de la SBS era más complejo. ¿Había cierta sobrerregulación para que las CMAC emitan tarjetas?
No ha habido ninguna sobrerregulación. Voy a pedir que te alcancen el Reglamento de Ampliación de Operaciones para que lo verifiques.
Este se modificó para incluir el “Procedimiento simplificado para expedir y administrar tarjetas de crédito” a aquellas Cajas que, en la actualidad, emitían tarjetas de débito o que tenían una clasificación de riesgo de B- a más, para comprobar que no había sobrerregulación.
¿Cuál es el contenido de ese procedimiento simplificado que menciona?
¿Qué pedía? Por ejemplo, pedía a la empresa que contara con la estructura organizativa adecuada, pero era obvio que debía tener la estructura que le permitiera manejar un producto así. Esto implica roles, responsabilidades, políticas y procedimientos definidos. Tenía que acreditar en el procedimiento simplificado que había antes de la ley, que contaban con sistemas informáticos que soporten la administración, procesamiento y monitoreo de operaciones con tarjeta de crédito.
Le pregunto: ¿Este requisito es ilógico? ¿Podría una Caja lanzar una tarjeta de crédito sin contar con sistemas informáticos de soporte y monitoreo de este producto? La respuesta es no.
Ahora con la ley aprobada por el Congreso, igual van a tener que cumplir con todos esos estándares cuando quieran lanzar el producto de tarjeta de crédito, la diferencia es que ya no van a tener que presentarlos ante la SBS para obtener la autorización, sino que lo deben hacer por su cuenta. Ahora es su riesgo y responsabilidad contar con todo lo necesario para emitir la tarjeta de crédito.
Es decir, ¿las Cajas de todas maneras deberán cumplir con los requisitos del procedimiento simplificado?
Te lo respondo con un ejemplo, esto es como decir que para tener una empresa de transporte deberás contar con vehículos de ciertas características, que tengan revisión técnica, que no sean buses-camión, cuyos choferes no manejen ebrios, que tengan brevete y SOAT.Ahora imagínate que quitas todo eso, ¿habrá una empresa de transporte público que utilice buses-camión, que sus choferes manejen borrachos, sin SOAT y revisión técnica? No sería lógico.
Es decir, las Cajas Municipales ya no tienen que venir a probar ante nosotros que cumplen con todos los requisitos para emitir una tarjeta de crédito, sino que ahora queda bajo su responsabilidad cumplir con estos requisitos. De ahí viene la otra parte que quería explicarte de la ley aprobada por el Congreso.
Informe de riesgos
¿A qué se refiere?
No hay nada que regular con la nueva ley que permite a las Cajas emitir tarjetas sin previa autorización de la SBS, porque existe la Circular G-165-2012 [Informe de riesgos por nuevos productos o cambios importantes en el ambiente de negocios, operativo o informático], que habla sobre el informe de riesgos de nuevos productos.
Esta regulación aplica para cualquier banco o entidad financiera que, teniendo la autorización para hacer todo, lanza un nuevo producto [en este caso para la emisión de tarjetas de crédito por parte de las Cajas]. Con esta norma, las Cajas no requieren un reglamento para emitir tarjetas, sino que ya lo pueden hacer.
¿Cómo opera ese informe de riesgos?
Las entidades tienen 10 días de plazo, luego del lanzamiento, para enviar ese informe de riesgos. Es decir, el informe es ex post, no es autorización. Esto lo presenta el más sistémico de los bancos por cada producto nuevo que lanza.
En dicha circular vas a poder verificar que las entidades deben informar sobre el producto, de qué trata, el proceso operativo asociado, canales, mercado objetivo, ambiente de negocios, descripción de los riesgos, si identificaron los riesgos de este nuevo producto, etc., pero ya no es autorización. Lo entregan a la SBS cuando ya salieron.
En cambio, el procedimiento simplificado lo que hacía era acompañar a la empresa para que presentara que efectivamente contaba con los sistemas informáticos adecuados y que cumplía con el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito.
Por eso, me llama la atención que se le pueda llamar sobrerregulación, la pregunta es: ¿Una empresa puede considerar como un obstáculo que se le pida que acredite que cumple con lo dispuesto en el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito?
Inclusive, lo que decía el procedimiento simplificado es que podía haber aspectos que las entidades no cumplieran en ese instante, es decir, aquellos no tan relevantes o centrales, para lo cual podían presentar un plan de adecuación. Es decir, ni siquiera les decía que tenían que cumplir con todo al 100%.
Sin embargo, las Cajas decían que, si bien la emisión del producto de tarjetas ya no pasará el filtro del procedimiento simplificado, la SBS sí debía aprobar el producto, lo cual hacía pensar que la tarjeta de crédito de todas maneras pasaría por su aprobación, pero sería más rápido…
No, cuidado. Estás usando la palabra ‘aprobar’ y ya no existe aquí esa palabra. Lo que hay es que cuando se lanza un producto nuevo, las entidades deberán presentar un informe de riesgos por nuevos productos cuando este ya está lanzado y no antes, con lo cual no es una autorización per se.
La Circular G-165-2012 [Informe de riesgos por nuevos productos o cambios importantes en el ambiente de negocios, operativo o informático] dice que presentas este informe dentro de los 10 días de lanzado el producto.
¿Dónde está la autorización o aprobación? Lo que puede pasar es que la SBS les diga, por ejemplo, frente al informe que presentaron, que no han considerado determinados aspectos. Pero el producto ya está en la calle. Con ello, ya no existe una lógica de aprobación, sino de supervisión. Es decir, la responsabilidad está en el sector.
¿A qué se refiere con que la responsabilidad ahora está en el sector?
Fíjate que esos productos, en general, sobre todo tarjetas de crédito, traen riesgos a la entidad financiera porque puede generar pérdidas tanto a estas como al cliente, porque experimentó un fraude.
En el procedimiento simplificado se buscaba que la entidad financiera Caja Municipal muestre que contaba con esto, ahora no tiene que pedir nada, sino lanzar el producto y entra en el carril general de nuevos productos de la Circular G-165-2012. Ahora se convierte en una responsabilidad pura de su comité de riesgos, de su directorio y de sus gerentes.
Acá no es como escuchaba en un medio de prensa que están esperando la reglamentación. No esperen nada, ya existe el reglamento para nuevos productos, ya no hay nada que modificar en la ampliación de operaciones, ya no está sujeto a autorización de la SBS.
¿Habrá más tarjetas de crédito en el mercado?
Un tema que es importante es que el procedimiento simplificado es del 8 de abril del 2021. Mira cuánto tiempo ha pasado.
Estamos en el 2023 y han pasado dos años. Y en todo ese tiempo, a excepción de Caja Cusco, no ha habido otra Caja Municipal que se presentara a pedir la autorización para emitir una tarjeta de crédito, ¿por qué?
Si bien podían decir que la SBS era complicada y denegaba esta autorización, a la fecha a nadie se le ha denegado. Puedo entender que se trate de flexibilizar un reglamento, porque lo que había era demasiado farragoso, muy denso, que hacía que a las entidades se les denegara la autorización. Pero la única que se presentó fue Caja Cusco y tiene tarjeta de crédito.
Te voy a pedir que leas la Resolución 1049-2021 SBS que ya no vale, porque esta solicitaba como autorización que mostrara que contaban con sistemas informáticos, que acrediten cumplir con el Reglamento de Tarjetas o tener planes para lo que falta aplicar y, por último, tener un estudio de factibilidad de mercado, que mostrara hacia qué nicho de mercado querían ir, las características del mercado al cual apuntaban, etc.
Lo que hacíamos era simplemente ordenarlas, nada más. Ahora ya no hace falta, sino que está bajo su responsabilidad. Pero repito, si en dos años nunca presentaron nada, ¿por qué fue?
Principales riesgos
¿Cuáles son los principales riesgos del producto tarjeta de crédito, que le preocupa a la SBS, que pueden enfrentar las Cajas Municipales?
Lo que sucede es que, a diferencia de otros productos crediticios, la tarjeta de crédito es un producto que es revolvente. Es decir, el deudor no tiene que pagar cuotas para volverse a endeudar. Acá, el deudor puede estar todo el tiempo al tope de la línea y, de repente, puede estar por encima de su capacidad de pago.
Esta situación para una empresa que, eventualmente, gestione mal este producto, puede generar un bolsón o un conjunto de clientes que van a estar complicados para devolver el crédito.
Con lo cual, va a representar una pérdida para la entidad. Además, la tarjeta de crédito tiene otra lista de riesgos que no la tienen otros productos financieros.
¿Como cuáles?
Por ejemplo, cuando el usuario tiene un crédito en cuotas el riesgo que enfrenta es nulo, porque solo debe pagar las cuotas mensuales y nada más; pero cuando tiene una tarjeta de crédito puede ser víctima de fraude. Le pueden atribuir al consumidor operaciones que no hizo.
Solo mira la televisión, nunca falta gente que denuncia que siempre estuvo con su tarjeta, pese a ello, los delincuentes hicieron consumos con estas. Con lo cual, hay un tema de ciberseguridad que no hay en los créditos tradicionales a la micro y pequeña empresa (MYPE).
Eso no quita que una Caja Municipal lo pueda hacer. Caja Cusco es un ejemplo de una empresa que lo hace. El tema es que la Caja acreditara en el procedimiento de autorización que contaba con las herramientas y gestión de riesgos apropiados.
Eso era todo, nada más. Pero ahora ya no lo tiene que hacer. Pueden salir con una tarjeta de crédito hoy si lo desean, bajo su responsabilidad.
¿Le preocupa que el Congreso haya tomado estas medidas que son de competencia de la SBS y que requieren la evaluación de una serie de variables de carácter técnico?
Sí, claro. La preocupación de todo supervisor es que cuando hay este tipo de nuevas operaciones, las entidades y sus clientes puedan incurrir en pérdidas. Efectivamente, nos parece que el esquema que había era el adecuado y flexible porque brindaba 30 días de plazo. No era un procedimiento que tenía demoras.
Entonces, el Congreso cambia esto y lo que nos toca ahora es solo cumplir con la ley y decir que ya existe el marco reglamentario para que cualquiera de las Cajas que señala la norma pueda emitir tarjetas.
El mercado
¿Cuál es la situación del negocio de tarjetas de crédito?
Se ha venido recuperando porque en la pandemia cayó bastante. Durante la pandemia se presentó una caída brusca de la deuda con tarjetas de crédito, muchos clientes no querían usar la tarjeta y se ve cómo aumenta aceleradamente el uso de tarjetas de débito. Luego, el año pasado, hubo un crecimiento de la tarjeta de crédito y del financiamiento de consumo en general, y se ha visto que la mora ha subido un poco.
Pero las entidades se dan cuenta cuando ven que están tomando una conducta un poco más riesgosa, ellas mismas se moderan o la SBS les advierte, durante las visitas, que ha habido un aumento en el grado de nivel de riesgo y las entidades lo van gestionando.
Esto es un proceso continuo por parte de ellas de mirar cómo evoluciona su riesgo y, según eso, ven si toman posturas más conservadoras o si quieren apuntar a sectores más riesgosos. Ya eso es gestión de la entidad.
Lo que hace la SBS es advertir cuando existe algún tipo de manejo que es notoriamente riesgoso y que puede ocasionarle pérdidas muy grandes.
En este momento, ¿le preocupa el negocio de tarjetas de crédito? ¿La SBS está haciendo advertencias a los bancos?
Eso es parte del día a día de la supervisión, va a depender de la entidad también.