INSTITUTO DE INVESTIGACIONES FINANCIERO FORENSE REVELA LA IMPORTANCIA DE ESTE REPORTE

Escrito por César Martinez. Publicado en Junio 2018

LEYENDA: Ricardo Ochoa Alburqueque, director del Instituto de Investigaciones Financiero Forense.
© Diario CERTEZA

¿Qué es el informe financiero pericial?

El derecho en última instancia se compone de tres partes: Hechos, pruebas y derecho. Los hechos son los acontecimientos fácticos, contratos, estados de cuenta, productos financieros y las voluntades y actos entre las partes. Son también conocidos en los procesos de cualquier naturaleza como los fundamentos de hecho.

Las pruebas son los documentos originales articulados secuencialmente de manera lógica, y metodológicamente sustentados, los cuales una vez no contradichos en el tribunal arbitral o judicial tienen la calidad de prueba. La pericia ilustra, pero no es vinculante. Es decir, el árbitro o juez no está obligado a acatar sus conclusiones.

El derecho o los fundamentos de derecho son las regulaciones contenidas en los códigos como son:

• Código Civil.
• Código Tributario.
• Código de Procedimientos Civiles.
• Código Penal.
• Código de Procedimientos Legales, y otros.

Los hechos generan documentos contractuales, vinculantes y éstos están regulados por los códigos, leyes, etc.

Hace varios meses atrás ingresó a las oficinas de Instituto de Investigaciones Financieras Forenses (IIFF) una familia procesada por efectuar “operaciones sospechosas”, solicitando un peritaje financiero de parte.

Inmediatamente debido a la angustia de perder todo su patrimonio que no era poco, procedimos a solicitarle información como el acceso a la pericia contable financiera practicada por peritos del Ministerio Publico, manifestaciones de cada procesado y acceso a la carpeta fiscal, para ver si se confirmaba o negaba por los hechos la hipótesis de la Fiscalía, en este caso, el lavado de activos.

Después de tres semanas de ardua labor de gabinete, procedimos a emitir un informe con hallazgos porque encontramos deficiencias de orden metodológico, empirismo, falacias en la argumentación, y de esto se valió el abogado que vio esta causa, diciéndonos: “Si la prueba contiene las deficiencias que usted ha encontrado e ilustrado con sus fuentes, la prueba es deficiente y deviene en ineficaz para ser sostenida por el fiscal.”

Efectivamente, el Ministerio Publico no pudo sustentar su hipótesis por que la prueba contenía vicios metodológicos entre otras deficiencias. Por esa razón los jueces penales archivaron el caso.

Por obvias razones no puedo revelar el caso, solo describir uno de los tantos procesos en donde fuimos testigos de la arbitrariedad e ineficiencia probatoria del Ministerio Publico al emitir informes con subjetividades parcializados y carentes de respaldo metodológico, adecuado.

Las cifras en los estados de cuentas son manifestaciones de fenómenos económicos, de voluntad de los agentes económicos y que en su contexto necesitan ser interpretadas de acuerdo con cada escenario, entre otros pueden ser en esencia:

• Economía Irregular.
• Deudores Tributarios Puros.
• Criminalidad Organizada

Todo esto en una economía con alto nivel de informalidad. El actual modelo implantado de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) debe contextualizar sus investigaciones, ya que la investigación de gabinete ha sido asimilada de la
Agencia de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, Agencia Central de Inteligencia de los Estados Unidos, Oficina Federal de Investigación de los Estados Unidos y Mossad de Israel.

Los países adelantados tienen un sector informal reducido o mínimo, y sus habitantes usualmente usan el banco, solo en Lima provincias la Población Económicamente Activa (PEA) es de cuatro millones quinientos sesenta mil en 2016 habitantes, y solo dos millones quinientos veinticinco mil doscientos ochentaiséis están bancarizados a julio del 2017. El saldo aproximadamente dos millones treinta y cinco sea por cuestiones culturales en Lima no tienen saldos deudores en el banco o no les genera algún atractivo de ser usado.

Asimismo, muchas construcciones no están registradas en la municipalidad y menos en los registros públicos, aun así, no tributan, es lo que se denomina economía negra o deudor tributario puro, esta es la cruda realidad, por ello hay un enorme trabajo para incluir en la legalidad a los peruanos que no confían en sus instituciones sea por cualquier motivo.

CPCC Mg © Ricardo Ochoa A. es director del Instituto de Investigaciones Financiera Forense. Es miembro de Chamber of the America y de la Asociación de Especialistas Certificados en Delitos Financieros, y columnista del diario CERTEZA.