DEVOLUCIÓN A PERSONAS POR NUEVAS DEDUCCIONES AL IR SE REALIZARÁ DESDE ABRIL PRÓXIMO

Escrito por César Martinez. Publicado en Marzo 2019

Se podrá solicitar que el pago en exceso del IR sea devuelto automáticamenteconsiderando la ampliación de sus gastos en 3 UIT desde la presentación de la DJ del IR que inicia el 25 de marzo del 2019.

POR: MIGUEL ALONSO JUAPE PINTO
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Sunat estimó que en la regularización del Impuesto a la Renta (IR) más de 1.2 millones de contribuyentes presentarán su declaración anual (DJ).

Las personas naturales tienen una deducción anual de 7 UIT (S/ 29,050) sin justificar, pero adicionalmente pueden acceder a una deducción adicional de 3 UIT (S/ 12,450) por gastos efectuados por el pago del interés por crédito hipotecario, alquiler de viviendas, servicios profesionales de médicos, entre otros.

Carlos Chirinos, gerente de Orientación y Servicios del fisco, explicó que los contribuyentes, personas naturales, que hayan usado estos servicios recibirán la devolución automática desde el mes de abril del 2019.

Precisó que en el caso de los servicios profesionales, solo serán deducibles si han sido pagados usando medios bancarios.

FACILIDADES

Las personas naturales tienen a su disposición información personalizada sobre sus rentas, gastos, retenciones y pagos de impuestos, así como de las retenciones.

Esta información deberá ser verificada y, de ser el caso, completada o modificada antes de presentar su DJ.

Vía web de Sunat, los contribuyentes podrán consultar los gastos que se podrán considerar como deducción adicional hasta por 3 UIT (S/ 12,600).

También aquellos con saldo a favor del IR podrán solicitar la devolución al momento de presentar la DJ y escoger la opción de abono en cuenta para lo cual deberán consignar el número de código de cuenta interbancario (CCI).

En el caso de empresas, si los ingresos son hasta 150 UIT (S/ 630,000) presentarán la DJ por medios virtuales y pueden solicitar el fraccionamiento al momento de presentarla o presentar su solicitud de devolución en línea por hasta 72 meses, el pago mínimo es de S/ 210. Solo las empresas con ingresos superiores a S/ 7.05 millones usarán el PDT.

FUENTE: DIARIO GESTIÓN
POR: MIGUEL ALONSO JUAPE PINTO
DÍA: JUEVES 14 DE MARZO DEL 2019
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