
La norma simplifica el marco regulatorio contemplando solo un límite regulatorio; pero establece indicadores de gestión que deberán ser definidos por cada Coopac según sus modelos de negocio, así como el uso de límites internos y una mayor frecuencia en el reporte de información para fortalecer la gestión ante eventuales escenarios de tensión de liquidez.
- La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó, mediante Resolución SBS N° 2347-2026, el Reglamento para la Gestión del Riesgo de Liquidez de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (Coopac), que establece herramientas y requerimientos internos para fortalecer la gestión de su liquidez, considerando el tamaño y el modelo de negocio de cada cooperativa.
- La norma precisa las responsabilidades del Consejo de Administración y la Gerencia General, entre otros aspectos. Asimismo, plantea indicadores de gestión para el monitoreo permanente de la liquidez, según su modelo de negocio, para los cuales las Coopac deben establecer límites internos.
- Además, se simplifica el esquema de límites regulatorios de liquidez en un único límite correspondiente al Ratio de Liquidez Global, el cual debe mantenerse en un nivel no menor a 10%. En línea con ello, se espera que las Coopac realicen simulaciones de escenarios y cuenten con planes de contingencia de liquidez que les permitan identificar oportunamente potenciales vulnerabilidades y adoptar las medidas que resulten necesarias para mantener niveles adecuados de liquidez.
- Cabe destacar que, en el marco de su compromiso con el fortalecimiento del sistema cooperativo, la SBS viene desarrollando talleres teóricos y prácticos presenciales a lo largo del país, dirigidos a funcionarios y directivos de las Coopac sobre la gestión del riesgo de liquidez, donde se realizan aplicaciones de la implementación de los reportes previstos en el Reglamento. Estos talleres continuarán durante las próximas semanas, con el objetivo de contribuir a su adecuada implementación.